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Cuánto cobra un autónomo estando de baja

Cuánto cobra un autónomo estando de baja

Que un autónomo se coja la baja parece, a día de hoy, de ciencia ficción. Y, a pesar de que sí que tiene derecho a la baja pagada, como los trabajadores asalariados, en este artículo veremos de dónde procede esta visión de los autónomos y la baja. La respuesta reside en cuánto cobra un autónomo estando de baja.

¿Cobra un autónomo estando de baja?

La respuesta, como ya hemos dejado intuir en el párrafo inicial, es sí. Los autónomos, de la misma manera que sucede con los trabajadores asalariados, tienen entre sus derechos laborales el acceso a baja en caso de incapacidad laboral o enfermedad.

Pero para un autónomo resulta más complicado coger una baja porque, como veremos a continuación, la cuantía de dinero que reciben acostumbra a ser muy justa, y si faltan al trabajo no hay nadie que realice su trabajo. Es decir, el propietario de un bar o un taxista, por ejemplo, si no acude a realizar su trabajo deja de recibir ingresos porque no tiene clientes. Mientras que en el caso de un asalariado, en la mayoría de los casos, su trabajo puede ser temporalmente asumido por un compañero o sustituto.

Cuánto cobra un autónomo estando de baja

Lo que cobra un autónomo estando de baja oscila entre el 60% y el 75% de su base de cotización. La diferencia percibida varía en función del tipo de baja, enfermedad común o accidente o enfermedad laboral- y los días de duración de ésta.

La cuantía de la prestación se calcula aplicando los porcentajes que veremos a continuación a la base reguladora. Ésta es la base de cotización del autónomo del mes anterior de la baja médica dividida entre 30.

Vamos a ver a continuación en qué caso cobra cada porcentaje:

  • En caso de enfermedad común o accidente no laboral se empieza a cobrar el 60% a partir del cuarto día del inicio de la baja hasta el 21. A partir del día 22 la prestación aumenta hasta el 75%.
  • En el caso de accidente o enfermedad laboral, se cobra el 75% de la base de cotización del mes anterior desde el primer día de la baja. Pero para poder acceder a esta prestación se debe haber abonado la cotización por contingencias profesionales de accidente de trabajo y enfermedades profesionales. Ésta es, en casi todos los casos, voluntaria e incrementa la cuota de autónomos entre un 0,1% y un 8,50%.

Es importante destacar que en el período de baja, sea éste por la causa que sea, el trabajador autónomo tiene que seguir abonando su cuota.

Ejemplo de cuánto cobra un autónomo estando de baja

Un trabajador autónomo que cotice por la base mínima, el primer mes, en caso de enfermedad común, cobrará 525.42 euros. Y, el resto, 656.78 euros. Ésta será la cantidad que cobrará desde el primer día en caso de tratarse de un accidente laboral. Si tenemos en cuenta que, tal como hemos indicado, debe seguir pagando la cuota de autónomo, le quedarán 264 euros netos el primer mes y 395.82 euros el resto de días.

Es por este motivo que muchos trabajadores autónomos contratan seguros privados para, en caso de tener que coger la baja, percibir una cuantía económica más alta que les permita hacer frente a sus gastos cotidianos. Puedes consultar la gran variedad de seguros para autónomos que te ofrece Previsora General y aquí los beneficios de pertenecer a una mutualidad cuando eres un trabajador por cuenta propia.

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autónomosconsejoslaboralseguros
Este artículo tiene 44 comentarios
  1. Hola,
    Estoy pagando tarifa plana 60 euros he de estar de baja por una hernia inguinal, me corresponde cobrar por baja de enfermedad ?
    Gracias

  2. SOY AUTONOMO DESDE HACE 8 MESES EN TEMA DE REFORMAS, Y AHORA ESTOY ENFERMO DE PANCREAS Y VESICULA POR CIERTO ME TIENEN Q OPERAR LA VESICULA. MI CONSULTA ES: CUAL ME CONVIENE , DARME DE BAJA MEDICA COMO DICE MI GESTOR Ó DARME DE BAJA COMO AUTONOMO, YA Q AHORA MISMO NO TRABAJO POR LO TANTO NO GENERO ECONOMICAMENTE. PERO ESTOY PAGANDO MI CUOTA DE AUTONOMO Y GESTORIA. XFA ACLARARME . GRACIAS.

  3. Yo tuve un accidente de tráfico al salir del trabajo , pero al no dirigirme a mi domicilio me dice la mutua que no es itinere , así que ahora me tiene que pagar la seguridad social. Es verdad eso de q no es itinere por no dirigirme a mi domicilio?

  4. SER AUTONOMO
    No se lo aconcejo a nadie tengo un 67% de minusvalía cuatro hernia astrosi degenerativas y se celebra un juicio en Huelva en el juzgado Civil y la jueza dicta sentencia dice que si estuviera trabajando en régimen general me pensionaria ya que ninguna empresa me podría mantener con las enfermedades que tengo ,……….
    RECOMIENDO NUNCA DARSE DE ALTA DE AUTONOMO YA QUE NO TIENES DERECHO NI ENFERMA

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