TRANSPARENCIA
1. PREGUNTAS FRECUENTES
¿Qué es Previsora General?
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Somos la alternativa a la mutua tradicional. Una Mutualidad de Previsión Social sin ánimo de lucro con más de 90 años de historia y un sólido vínculo con el mutualismo catalán y la economía social. En otras palabras, somos una asociación de personas que trabajamos para que nuestros mutualistas estén cubiertos ante riesgos ligados al mundo del trabajo como, por ejemplo, la invalidez, los accidentes o el fallecimiento.
¿Por qué elegir Previsora General?
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A diferencia de las compañías tradicionales que se rigen por el principio de maximización de los beneficios y donde estos se reparten entre los accionistas, en Previsora General reinvertimos nuestros beneficios ofreciendo nuevos y mejores servicios. Porque si eres mutualista de Previsora General, tú eres uno de nuestros propietarios.
¿Cómo puedo hacerme mutualista?
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Para ser mutualista de Previsora General debes rellenar y firmar la solicitud de alta existente en cada producto y adjuntar una fotocopia del DNI. En función del producto que quieras contratar, hay que cumplimentar un cuestionario de salud.
El mutualista confirma a PREVISORA GENERAL las personas expuestas al riesgo de los condicionados, las que reciben la denominación de asegurado. Asimismo, y sólo con el fin de que tengan derecho a recibir las prestaciones, inscribe aquellas personas vinculadas por lazos familiares, de convivencia o de trabajo, de conformidad con lo dispuesto en los condicionados, las cuales se denominan beneficiarios.
¿Quién puede contratar un seguro con Previsora General?
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Personas mayores de 18 años y menores de 65 años. En el caso de un menor, se requiere que los padres o tutores legales sean los tomadores o titulares de la póliza.
¿Qué documentación debo entregar para formalizar la póliza con Previsora General?
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Se requiere ser mayor de edad y presentar el NIF o NIE vigentes. En el caso de los seguros personales, no se aceptará el pasaporte para realizar el contrato.
¿Es necesario comunicar a Previsora General que quiero renovar mi póliza de seguro?
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No es necesario. Los contratos se prorrogan automáticamente cada año, salvo que el tomador del seguro manifieste su voluntad de rescindir el contrato. En este caso, el tomador nos lo tendrá que comunicar por escrito un mes antes del vencimiento de la póliza.
¿Cómo me puedo dar de baja de mi seguro?
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Para cualquier gestión administrativa relacionada con tu póliza, te recomendamos que te pongas en contacto con nosotros llamando al 933 041 600 o enviando un email a consultas@previsorageneral.com.
¿Dónde puedo consultar mi póliza?
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Podrás consultar las pólizas que tengas contratadas, así como realizar otras gestiones relacionadas con tus pólizas o actualizar tus datos de contacto, a través de la zona privada de nuestra web. Deberás solicitar tus claves de acceso para poder acceder.
¿Qué es un periodo de carencia?
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Una carencia es el período que transcurre entre la alta de la póliza y la posibilidad de solicitar determinados servicios asistenciales o coberturas.
¿Qué es una patología preexistente?
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Toda enfermedad, lesión o discapacidad del asegurado sufrida con anterioridad a la contratación de este seguro, diagnosticada o no por un médico.
¿Qué diferencia hay entre carencia y preexistencia?
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Consideramos como una preexistencia médica cualquier problema médico, enfermedad, secuela, cirugía o condición de salud originado con anterioridad a la fecha de contratación de la póliza.
Una carencia es el período que transcurre entre la alta de la póliza y la posibilidad de solicitar determinados servicios asistenciales o coberturas.
¿Qué es la franquicia en el seguro de incapacidad temporal diaria?
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Es el número de días iniciales de cada proceso de baja que no dan derecho a indemnización.
¿Cómo influye la franquicia en la prima a pagar?
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A mayor franquicia, más barato es el precio del seguro.
¿Desde qué día se empieza a aplicar la indemnización de incapacidad temporal diaria por una baja laboral?
Título de alternador
Si no existe franquicia, a partir del primer día de baja. En el caso de tener franquicia, a partir del día siguiente del periodo estipulado en la franquicia. Es imprescindible que envíes la comunicación del siniestro dentro de los siete días posteriores a la fecha que haya sucedido. De no ser así, la indemnización comenzará a aplicarse desde el día de la recepción del parte de baja.
¿Cómo puedo ser colaborador de Previsora General?
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Si ya formas parte de nuestra red de colaboradores, puedes dirigirnos tus dudas y o sugerencias al email consultas@previsorageneral.com o llamando a nuestro teléfono de atención al cliente 933 041 600 . En caso de que te interese formar parte de nuestros mediadores, déjanos tus datos en el formulario de contacto y nosotros contactaremos contigo.