Guía de gastos de Navidad deducibles para autónomos

¿Sabías que, como autónomo, puedes deducirte algunos de los gastos vinculados a las actividades de Navidad? Regalos para clientes, tarjetas regalo, cestas, lotería o cenas de empresa son algunos ejemplos claros. ¡Te explicamos cómo hacerlo para que puedas sacarle el máximo provecho!
Regalos y tarjetas regalo
Los regalos y tarjetas regalo son deducibles tanto en el IVA como en el IRPF. Asimismo, en algunos casos, pueden deducirse también el Impuesto sobre Sociedades, dado que pueden considerarse objetos publicitarios de poco valor. Ahora bien, para poder aplicar estas deducciones es necesario acreditar que el gasto está directamente vinculado con la actividad profesional. Además, por deducir el IVA, el importe anual por cliente no puede superar los 200 euros.
Lotería
Hasta hace poco, los décimos de lotería no podían deducirse, ya que la normativa prohíbe desgravar gastos vinculados al juego. Sin embargo, una consulta vinculante (V2490-17) modificó este criterio y, actualmente, los autónomos pueden deducirse los décimos destinados a obsequiar a clientes, hasta un 1% del importe neto de la cifra de negocios del período impositivo.
Por el momento, esta interpretación solo se aplica al IRPF y, aunque podría terminar extendiéndose al Impuesto de Sociedades, no es válida para el IVA.
Paneras
Las cestas de Navidad, cargadas de productos alimenticios, vinos y licores, son un obsequio habitual para los clientes o proveedores más valiosos, con el objetivo de reforzar la relación y transmitir agradecimiento. Sin embargo, a pesar de ser una práctica muy extendida, su deducción fiscal es limitada: se pueden desgravar en el IRPF y en el Impuesto de Sociedades, pero no son deducibles a efectos de IVA, ya que se consideran atenciones a terceros.
Cenas de empresa
Las cenas de empresa siguen un criterio similar al de las cestas: son deducibles en el IRPF y en el Impuesto de Sociedades, pero no en el IVA, dado que se consideran gastos no vinculados directamente a la actividad profesional del autónomo. Sin embargo, la situación podría cambiar en breve si el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) confirma ante el Tribunal Supremo que esta restricción recogida por la legislación española no se ajusta a la normativa comunitaria.
Aclaraciones
Hay que recordar que, para que todos estos gastos sean realmente deducibles, deben cumplir tres requisitos esenciales: deben estar debidamente justificados —preferiblemente con factura—, deben tener una vinculación clara con la actividad económica y deben registrarse correctamente en los libros contables. En caso contrario, ninguna de las deducciones anteriores tendría validez.
Para más consejos para autónomos, consulta el blog de Previsora General.
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