Convertirse en autónomo: pasos a seguir

Convertirse en autónomo no es sencillo. Requiere muchos trámites y papeleo para los cuales es necesario conocer la normativa y los pasos fiscales que se deben seguir. Para las personas que no están acostumbradas a hacer este tipo de trámites y no tienen conocimientos al respecto puede ser pesado.
A continuación detallamos los pasos que debe seguir una persona que quiera convertirse en trabajadora autónoma, una situación cada vez más habitual en la actualidad.
Alta en Hacienda para convertirse en autónomo
Antes de iniciar la actividad, lo primero que se tiene que hacer es darse de alta en Hacienda. Se debe rellenar el formulario 036 en el que se deben hacer constar los datos personales, la actividad a la que se va a dedicar y la ubicación del negocio.
También existe el modelo 037. Éste es una versión simplificada del formulario anterior y se diferencia en que lo pueden utilizar casi todos los autónomos (las excepciones son muy pocas). Los requisitos para presentarlo es disponer de un NIF y que la dirección del domicilio fiscal sea coincidente con la de gestión administrativa. En este caso quedan excluidos los que están exentos de IVA, las grandes empresas, los operadores comunitarios o los que constan en el REDEMEI (registro de devolución mensual).
También es importante al alta en el impuesto de actividades económicas (IAE) que es una tasa que grava el ejercicio de la actividad profesional. Lo más habitual es estar exento del pago de este impuesto porque sólo se debe pagar cuando se factura más de un millón de euros anuales. Pero, en caso de tenerlo que pagar se debe presentar el modelo 840/848.
Alta en la Seguridad Social para convertirse en autónomo
La afiliación en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social se realiza en la Tesorería General de la Seguridad Social. Se dispone de 30 días naturales desde el alta censal para realizar la inscripción.
Para realizar el alta la documentación que se debe llevar es el DNI, el modelo 036 o 037 y el modelo TA521/1 de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
En el momento del alta se debe definir la base de cotización y las coberturas por las que se va a cotizar. En función de la actividad es o no obligatorio cotizar por contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Uno de estos casos es el sector de la construcción.
Además de estos trámites, que son los indispensables, hay otros como la licencia de apertura que se tiene que pedir en el Ayuntamiento para abrir un local en el que llevar a cabo un negocio. Y, en el caso que proceda, también es necesario pedir el permiso de obras oportuno para adaptar el local a la actividad que se desea desarrollar.
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