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Normativa sobre primeros auxilios en la empresa

La normativa de seguridad y salud en el trabajo, además de regular los aspectos relativos a cómo evitar o disminuir los riesgos profesionales, también establece la normativa sobre primeros auxilios en la empresa con el objetivo de atender a los trabajadores que han sufrido un accidente.

Según la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, los empresarios tienen la obligación de disponer, en cada lugar de trabajo, de unos determinados medios destinados a prestar los primeros auxilios en la empresa a los trabajadores que lo necesiten. Esto incluye la información y formación de aquellos trabajadores que puedan administrar los primeros auxilios, la necesidad de disponer de un botiquín y la notificación de a qué centro médico hay que acudir para recibir la asistencia médica preceptiva. Recuerda que en Previsora General dispones de diferentes seguros de convenio colectivo para empresas, también de accidentes y de vida colectivos

La norma es imprecisa respecto al procedimiento de la prestación de los primeros auxilios pero tajante en cuanto a la obligación de disponer del material de primeros auxilios en los lugares de trabajo para que pueda ser utilizado en caso de que un trabajador requiera asistencia.

En todo caso, según el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, la organización de los primeros auxilios tiene que seguir los siguientes mandatos:

  • Los lugares de trabajo dispondrán de material para primeros auxilios en caso de accidente, que deberá ser adecuado, en cuanto a su cantidad y características, al número de trabajadores, a los riesgos a que estén expuestos y a las facilidades de acceso al centro de asistencia médica más próximo.
  • La situación o distribución del material en el lugar de trabajo y las facilidades para acceder al mismo deberán garantizar que la prestación de los primeros auxilios pueda realizarse con rapidez.
  • El material y locales de primeros auxilios deberán estar claramente señalizados.

Obligación de las empresas de tener botiquín

De acuerdo con lo legalmente dispuesto, todo lugar de trabajo tiene la obligación de contar con un botiquín de primeros auxilios. Así lo dispone el artículo 10 del Real Decreto 486/1997:

“Los lugares de trabajo dispondrán del material y, en su caso, de los locales necesarios para la prestación de primeros auxilios a los trabajadores accidentados”.

En función de la actividad de la empresa y de los riesgos de la misma, el contenido del botiquín será uno u otro. Sin embargo, se establece el contenido mínimo del botiquín que, obligatoriamente, ha de tener todo lugar de trabajo: desinfectantes y antisépticos autorizados, gasas estériles, algodón hidrófilo, venda, esparadrapo, apósitos adhesivos, tijeras, pinzas y guantes desechables. Este material se irá revisando periódicamente y reponiendo tan pronto como caduque o sea utilizado.

Obligación de las empresas de tener local de primeros auxilios

Dependiendo del tamaño de la empresa, además del botiquín, deberá contar con un local de primeros auxilios. En el anexo VI del Real Decreto 486/1997 queda determinado que los lugares de trabajo de más de 50 trabajadores deberán disponer de un local destinado a los primeros auxilios y otras posibles atenciones sanitarias. También deberán disponer del mismo los lugares de trabajo de más de 25 trabajadores para los que así lo determine la autoridad laboral, teniendo en cuenta la peligrosidad de la actividad desarrollada y las posibles dificultades de acceso al centro de asistencia médica más próximo.

Los locales de primeros auxilios contarán, como mínimo, con un botiquín, una camilla y una fuente de agua potable. Además, estarán próximos a los puestos de trabajo y serán de fácil acceso para las camillas.

Blog » Normativa sobre primeros auxilios en la empresa

Este artículo tiene 19 comentarios
  1. Hay alguna normatividad que mencione que los funcionarios y contratista deben saber primeros auxilios? o solo basta con la brigada de emergencia

  2. en mi empresa el botiquín que existe cuenta solo con unas gasas que se debe realizar para exigir un botiquin como corresponde

  3. La empresa ha dado mi nombre por tener título de primeros auxilios en una inspección de sanidad para salvarse el «»» culo «» sin mi permiso , es legal ??? Tengo derecho a recibir retribución??? Gracias

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