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Cómo borrar las redes sociales de un familiar fallecido

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La llegada de Facebook en 2007 cambió para siempre nuestra forma de relacionarnos. El cambio y el fenómeno que supuso la aparición de las redes sociales abrió la puerta a la llegada de nuevas aplicaciones en las que se exponen rutinas, viajes, fotografías, se comparten documentos, información, se hacen anuncios, se busca trabajo… Con el paso de los años todos los ciudadanos han creado lo que se denomina huella digital, cualquier búsqueda de Google queda registrada, también los correos electrónicos que se envían, la información digitalizada en los diarios online y la participación en las redes sociales. Esto ha generado una situación que antes no existía: Cuando una persona muere, su huella continúa en las redes. Llegan las notificaciones de cumpleaños, peticiones de amistad, fotografías que estaban colgadas, información genérica…

Muchas familias deciden borrar todo rastro en internet, hace unos años era muy complicado, ahora es más fácil a pesar de que sigue siendo un trámite largo y farragoso. Muchos seguros de decesos como el de Previsora General ya incluyen esta cobertura: Borrado de la huella digital y todos los trámites que supone.

 

¿Cómo se puede borrar la huella digital de una persona que ha fallecido?

Muchas familias aseguran que continuar viendo la imagen de la persona que ha muerto en las redes sociales y otros lugares de internet les afecta psicológicamente. Así que muchas optan por el borrado total a menos que la persona hubiera dejado por escrito lo contrario. De hecho, cada vez son más habituales los testamentos virtuales, documentos oficiales en los que se deja constancia de las contraseñas de acceso, cuentas de correo electrónico y nombres de usuario. Puede ser que la idea sea facilitar borrarlo todo (si se tiene acceso directo se puede hacer sin necesidad de pedir permisos a empresas como Facebook y Google). O bien que la idea sea que los familiares y herederos continúen gestionando los perfiles como conmemorativos. Un tipo de homenaje a la persona que ya no está.

En el supuesto de que no exista un testamento virtual, la decisión está en manos de la familia. Si el deseo es borrarlo todo y no tienen ningún acceso, lo mejor es contar con un seguro de decesos que incluya esta cobertura. Si no es así, los pasos a seguir son algo más complicados:

  • Facebook, Instagram, Twitter y Linkedin. Es necesario ponerse en contacto con sus centros de ayuda y atención al usuario, lo más habitual es que pidan un certificado de la defunción que acredite que la persona realmente ha muerto.
  • Google. Tener una cuenta en este buscador no significa solo disponer del correo electrónico (Gmail), también Google Fotos, Google Drive (almacenamiento) o Youtube entre otros. En principio solo es necesario contactar con el centro de ayuda, eso sí, es habitual que pidan los documentos acreditativos en inglés y esto puede dilatar el proceso.
  • Apple, Microsoft y otras empresas tecnológicas como Dropbox. En todas se siguen los mismos pasos, es necesario contactar con ellos y acreditar la muerte de la persona.
  • Derecho al olvido. Al margen de la huella digital en redes sociales y otras tecnológicas, algunas personas quieren borrar completamente su paso digital incluyendo informaciones que hayan podido publicar los medios, vídeos subidos por otras personas en los que aparecen, así como fotos, etc. En este caso habitualmente es necesario asesorarse legalmente sobre los pasos que se tienen que dar. En cualquier caso, un seguro de decesos con esta cobertura permite olvidarse de estos trámites.

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