La protección de pagos: Una de las coberturas gratuitas de Previsora General más solicitadas

Las crisis económicas y otras circunstancias personales y laborales provocan que muchas familias atraviesen momentos complicados en los que algún miembro o todos se encuentran en situación de desempleo o sin ningún tipo de ingreso. Previsora General, la alternativa a la mutua tradicional, ayuda a sus mutualistas con coberturas gratuitas incluidas en las pólizas como por ejemplo la protección de pagos, uno de los servicios más solicitados.
¿Qué es la protección de pagos de Previsora General?
La protección de pagos es una cobertura gratuita incluida en las pólizas que firma Previsora General y que consiste en el reembolso del importe de los recibos del seguro durante un máximo de 6 meses consecutivos en los siguientes casos:
- Situación de paro de los trabajadores por cuenta ajena (con un contrato previo indefinido de un mínimo de un año de antigüedad en la misma empresa donde cause la baja y con una jornada de al menos 30 horas semanales).
- Situación laboral de incapacidad temporal de profesionales autónomos.
- Situación de concurso de acreedores en el caso del tomador o persona jurídica con este reconocimiento (situación de insolvencia que no le permite hacer frente a la totalidad de los pagos que debe).
¿A quien se dirige la protección de pagos?
Esta cobertura gratuita que ofrece Previsora General se dirige a todos los mutualistas que tengan contratado un seguro de salud, enfermedad, accidentes individuales, vida o decesos. También se pueden beneficiar todos aquellos tomadores de una póliza de seguro de convenio colectivo o accidentes y vida colectivo.
Este tomador del seguro tiene que ser una persona jurídica o física mayor de 18 años y menor de 70, no estar incapacitada o estar tramitando un expediente de invalidez y ser residente en España.
Para poder beneficiarse de esta cobertura el tomador del seguro tiene que estar al corriente del pago de todos los recibos. Puedes ampliar la información sobre las coberturas de la protección de pagos en este documento, que incluye límites y exclusiones.
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Buenas tardes,
He estado leyendo vuestro artículo sobre La protección de pagos. De ella se puede beneficiar los mutualistas que estén actualmente en desempleo, ¿estar en ERTE también se considera desempleo? porque si así es la situación por la cual yo me encuentro actualmente.
Muchas gracias, un saludo
Esther Domínguez